120.000 euros para entidades sin ánimo de lucro que realicen acciones para el empleo y el emprendimiento

  • Jóvenes de 16 a 35 desempleados, mujeres y colectivos de difícil inserción educativa o laboral serán los beneficiados.
  • Se mantiene el importe de las subvenciones que el año pasado impactaron en 3.000 personas a través de 16 entidades.

La Agencia Local de Desarrollo Económico y Social del Ayuntamiento de Alicante ha abierto la convocatoria de subvenciones por importe de 120.000 euros para entidades sin ánimo de lucro que presenten proyectos relacionados con la atención a jóvenes desempleados de 16 a 35 años o con el desarrollo de acciones y servicios dirigidos a combatir el desempleo entre colectivos con especiales dificultades.

Tal y como consta en las bases, las subvenciones están abiertas a las entidades sin ánimo de lucro radicadas en el municipio de Alicante que presten servicios individualizados dirigidos a facilitar la incorporación, permanencia y progreso en el mercado laboral de determinados trabajadores, o/y a mejorar la atención y acompañamiento a las personas emprendedoras en la puesta en marcha de su iniciativa empresarial, durante el año 2019.

Las subvenciones han sido publicadas hoy en el Boletín Oficial de la Provincia, por lo que las entidades disponen de un mes para presentar la solicitud en el registro de la Agencia Local de Desarrollo ( C/ Jorge Juan 21 – 1ª planta), a contar desde mañana y hasta el día 23 de abril.

Los proyectos, a ejecutar entre el 1 de enero y el 13 de diciembre de 2019, pueden ser con atención individual y/o grupal, de inserción laboral o formativa, y optarán a una subvención máxima de 13.000 euros por proyecto.

A la hora de conceder las subvenciones, además de la población a la que se dirige la actividad, también se tendrá en cuenta el grado de innovación o diseño singular del proyecto y el volumen de su impacto.

Concretamente, las entidades deben atender a alguno de 7 colectivos reseñados en las bases, que son los jóvenes de 16 a 35 años en situación de desempleo y de acuerdo a los objetivos del Plan de Empleo Juvenil “Ocupa’t Alacant”, así como el colectivo de mujeres, personas con discapacidad, desempleadas de larga duración, mayores de 45 años, o migrantes.

El otro colectivo al que las entidades pueden atender para solicitar las subvenciones son aquellos en situación de riesgo de exclusión social, entre los que se encuentran los internos de centros penitenciarios cuya situación penitenciaria les permita acceder a un empleo, así como liberados condicionales y ex-penados, aquellas personas que tengan reconocida la condición de refugiado y personas solicitantes o beneficiarias de protección internacional, del estatuto de apátrida o de protección temporal, aquellas personas víctimas de violencia de género, sexual o doméstica, así como las personas que se encuentren en cualquier otra situación de exclusión social o conducente a ella.

Las subvenciones de 2018

En 2018, la Agencia Local de Desarrollo concedió el mismo importe en subvenciones a entidades sin ánimo de lucro, aunque lo hizo dividiéndolo en dos convocatorias de 60.000 euros cada una, diferenciadas en una general y otra específica de Ocupa’t para los jóvenes.

Así, los 120.000 euros en subvenciones tuvieron un impacto en unas 3.000 personas, a través de los proyectos desarrollados por 16 entidades: ADACEA, AEPA, ANILIA, APSA, ASPALI, Comisiones Obreras, Consell de la Joventut, COCEMFE, Cruz Roja, FEVES, FIBESORD, JOVEMPA, Mon Jove, Nazaret, Nova Feina, Radio Ecca y Fundación Secretariado Gitano.

La novedad en las subvenciones para este año 2019 es que, tal y como se anunció a las asociaciones durante la Jornada de evaluación de resultados de las subvenciones de 2018 que se celebró en enero, se unen las dos convocatorias en una con el objetivo de simplificar los procedimientos.

Convocatoria de subvenciones 2019

En los enlaces que se relacionan a continuación se podrán descargar todos los documentos vinculados a la convocatoria 2019. El plazo de presentación es de un mes desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia (B.O.P. 55_20/03/2019), y finaliza el 23 de abril de 2019.

Documentos para descargar (pdf y odt)

 

Nota aclaratoria:

En relación con esta convocatoria, y debido a cuestiones planteadas, se aclaran los siguientes extremos de la Base 5ª, punto 3:

“La declaración escrita sobre MINIMIS del apartado 5 del mencionado punto 3, se solicita únicamente a efectos de verificar el cumplimiento de la normativa aplicable a las ayudas MINIMIS (si la entidad hubiera solicitado esta clase de ayuda) y no para su contabilización económica, ya que no entran en colisión con las subvenciones objeto de la presente convocatoria”.

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