Subvenciones para las entidades colaboradoras con los colectivos vulnerables

Convocatoria de ayudas a entidades sin ánimo de lucro, radicadas en el municipio de Alicante y que cuenten con servicios de orientación profesional, de colocación y de formación y cualificación para el empleo.

El empleo no es sólo un medio para obtener unos ingresos económicos es también uno de los principales instrumentos para integrarse en la sociedad. Es un derecho universal y sin embargo no todas las personas tienen las mismas posibilidades para acceder a él y mantenerse. El actual modelo socioeconómico sitúa a muchas personas en situación de desventaja a la hora de encontrar un puesto de trabajo.

Si a ello le sumamos la fuerte destrucción de empleo sufrida años atrás, al analizar la situación de desempleo nos encontramos con una serie de colectivos que han sido expulsados del mercado de trabajo y que van a tener muchas dificultades de volver a él sólo por sus propios medios.

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Desde la Agencia Local de Desarrollo Económico y Social del Ayuntamiento de Alicante, y en el ámbito de sus funciones y potestades, se pone en marcha esta convocatoria de Ayudas a Entidades sin ánimo de lucro que realicen servicios de orientación profesional, de colocación y de formación y cualificación para el empleo de colectivos vulnerables como son los siguientes:

  • Mujeres.
  • Personas con diversidad funcional.
  • Personas desempleadas de larga duración.
  • Personas desempleadas mayores de 45 años.
  • Personas inmigrantes.

 

Podrán optar a estas ayudas todas aquellas entidades que tengan su razón social o sede en el municipio de Alicante y que realicen, para los colectivos indicados anteriormente, actividades de orientación, individual o grupal, programas o cursos de formación para el empleo de un mínimo de 50 horas y/o actividades de intermediación laboral que lleven a la contratación de la persona desempleada.

Para la concesión de las ayudas se dispone de un presupuesto máximo de 40.000 euros.  La ayuda mínima para cada entidad será de 1.000 euros, prorrateándose el resto en función de los puntos obtenidos.

Los entidades podrán solicitar ayudas para las actividades que estén ejecutando desde el día 1 de enero de 2016 y que podrán realizar, como máximo, hasta el 30 de noviembre de 2016.

La convocatoria

Objeto

Es objeto de esta convocatoria regular las condiciones de concesión de Ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, a Entidades sin ánimo de lucro, radicadas en el municipio de Alicante, con servicios de orientación profesional, de colocación y de formación y cualificación para el empleo, durante el año 2016, que trabajen con los colectivos siguientes:

  • a) Mujeres.
  • b) Personas con diversidad funcional.
  • c) Personas desempleadas de larga duración.
  • d) Personas desempleadas mayores de 45 años.
  • e) Personas inmigrantes.

 

A quién va dirigida

Podrán ser beneficiarios de esta ayuda las Entidades que tengan su domicilio social en la ciudad de Alicante, con personalidad jurídica propia, sin ánimo de lucro, que ofrezcan servicios de orientación profesional, de colocación y de formación y cualificación para el empleo, durante el año 2016, y que cumplan los requisitos de esta convocatoria.

De acuerdo con lo dispuesto en los apartados segundo y tercero del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, no podrán ser beneficiarios de estas ayudas las Entidades que se encuentren inhabilitadas para la obtención de subvenciones públicas.

Para obtener la condición de beneficiario, las Entidades solicitantes deberán estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, con la Tesorería municipal del Ayuntamiento de Alicante y frente a la Seguridad Social.

Del mismo modo, las entidades peticionarias deberán haber justificado en su totalidad las ayudas anteriormente percibidas del Ayuntamiento de Alicante y sus Organismos Autónomos y, en su caso, hallarse al corriente del pago de obligaciones por reintegro de las mismas.

Presentación de solicitudes, documentación y plazos

Las solicitudes se presentarán mediante instancia normalizada, y se registrarán en la sede de la ALDES de Puerta Ferrisa (calle Jorge Juan nº 21, Teléfono: 965145700), o en cualesquiera otra de las formas previstas en el art. 38.4 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

Cuando la solicitud no reúna los requisitos señalados en el artículo 70 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o no se acompañe la documentación que de acuerdo con estas bases resulte exigible, se requerirá al interesado de acuerdo con lo detallado en el artículo 71.1 de la citada Ley, para que en el plazo máximo e improrrogable de 10 días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciere, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la citada Ley.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de las presentes bases (BOP 142 de 26/07/2016).

Las solicitudes deberán acompañarse de la siguiente documentación:

  • a) Memoria-Proyecto, para la anualidad de 2016 (hasta el 30 de noviembre de 2016), donde consten los servicios ofertados y los objetivos a cumplir en la anualidad.
  • b) Además, se unirá obligatoriamente a dicha Memoria:
    • Declaración responsable suscrita por el representante legal de la entidad, en la que se haga constar los siguientes extremos:
    • Declaración responsable de no hallarse incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario recogidas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
    • Declaración responsable de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal, la Hacienda Local y con la Seguridad Social.
    • Declaración responsable de si percibe o no otras ayudas públicas o privadas que hubiera obtenido o solicitado para los mismos conceptos. En caso de percibir otras ayudas, se debe indicar cuáles son y la cuantía de las mismas.
    • Declaración responsable de que (si se hubieran obtenido ayudas) se han justificado en su totalidad dichas ayudas anteriormente percibidas por el Ayuntamiento de Alicante o de sus Organismos Autónomos y, en su caso, de hallarse al corriente del pago de obligaciones por reintegro de las mismas
    • Declaración escrita sobre cualquier otra ayuda de MINIMIS solicitada durante el ejercicio fiscal en curso. Si la empresa es solicitante de ayudas MINIMIS no podrá superar los límites máximos de ayudas MINIMIS. La ayuda total de MINIMIS concedida a una empresa determinada no será superior a 200.000 € durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales. La ayuda total de MINIMIS concedida a una empresa no será superior a 100.000€ durante cualquier período de tres ejercicios fiscales.
  • c) Estatutos de la Entidad, para acreditar su naturaleza de Entidad sin ánimo de lucro y su domicilio en Alicante y CIF.
  • d) NIF del representante de la Entidad, y en su caso, documentación que acredite la representación en la que actúa .

 

Plazo de ejecución del proyecto de actuación: Los solicitantes podrán presentar actividades que estén ejecutando desde el 1 de enero de 2016. Dichas actividades subvencionables se podrán realizar como máximo hasta el 30 de noviembre de 2016.

Cuantía de las ayudas

El presupuesto global máximo para esta convocatoria es de 40.000.- Euros.

Estas ayudas serán compatibles con las que se puedan obtener de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, para la misma finalidad. En ese caso, el importe de las Ayudas concurrentes no podrán ser de tal cuantía que supere el coste de la actividad subvencionada.

Se fija como Ayuda mínima para cada Entidad que reúna los requisitos, la cantidad de 1.000€ (MIL EUROS), prorrateándose el resto de la Ayuda según los puntos obtenidos de acuerdo a los criterios contenidos en el ANEXO I de las bases de la convocatoria.

Las entidades interesadas en participar en esta convocatoria de ayudas pueden descargarse las bases y el modelo de solicitud en los siguientes enlaces:

Convocatoria ayudas servicios de orientación profesionalConvocatoria de ayudas a entidades sin ánimo de lucro con servicios de orientación profesional, de colocación y de formación y cualificación para el empleo, en la ciudad de Alicante. Año 2016.

 

Instancia ayudas servicios de orientación profesional

Solicitud para participar en la convocatoria

 

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