Resolución definitiva de las ayudas de la II convocatoria Plan Resistir Ciudad de Alicante

En la sesión celebrada el miércoles 14 de julio de 2021, la Junta de Gobierno Local adoptó la resolución de concesión y denegación de la convocatoria de ayudas Plan Resistir II Ciudad de Alicante

Estas ayudas están dirigidas a personas trabajadoras autónomas, mutualistas y pequeñas empresas, de hasta 10 trabajadores de Alicante, que desarrollen su actividad en los sectores económicos que se ajusten a los códigos CNAE que figura en las bases de la convocatoria, con la finalidad de mantener el empleo por cuenta propia y ajena y evitar la precariedad económica y social en la ciudad, el desempleo, la pobreza y la marginalidad social provocadas por los efectos de la pandemia de la COVID.

Las ayudas consisten en 2.000 euros por cada persona trabajadora autónoma o microempresa de hasta 10 trabajadores y 200 euros por persona trabajadora afiliada a la Seguridad Social a fecha 31 de mayo de 2021 de dichas pequeñas empresas y autónomos.

Con fecha de 4 de junio de 2021 se aprobó la propuesta de resolución provisional, abriéndose, a partir del día 7 de junio, un plazo de 7 días hábiles (desde el 8 al 16 de junio) para presentar alegaciones. Finalizado el plazo se han presentado 460 alegaciones en tiempo y forma que han sido admitidas a trámite.

El día uno de julio se reunió la Comisión de Valoración para resolver las alegaciones presentadas alcanzando los siguientes acuerdos:

  • Estimar 387 alegaciones
  • Desestimar 73 alegaciones
  • Rectificar de oficio, concediendo 7 nuevas solicitudes inicialmente denegadas.

Dado que la cuantía solicitada excedía del crédito existente, se incluye en el expediente el acta del sorteo para determinar el número de expediente desde el cual se comenzará la tramitación y asignación del crédito para ser beneficiario de las ayudas Plan Resistir II Convocatoria, siendo el número obtenido el dos mil tres (ADAP2021002003)

Agotado el crédito, el resto de solicitantes quedará en lista de espera ante una posible ampliación del crédito disponible, en cuyo caso se procederá a la concesión de una nueva remesa de beneficiarios hasta agotar el nuevo crédito.

Tras la aplicación de lo anteriormente expuesto, la Junta de Gobierno Local acuerda:

  1. Conceder la ayuda solicitada a la relación de 2.931 personas trabaja doras autónomas y empresas, de hasta 10 trabajadores, que figura en el ANEXO I, por los importes individuales que se indican, ascendiendo, la suma de todos ellos, a un importe total de seis millones ochocientos mil quinientos cuarenta y un euros con quince céntimos de euro (6.800541,15€)
  2. Aprobar la ayuda solicitada a la relación de 180 personas trabajadoras autónomas y empresas, de hasta 10 trabajadores, por los importes individuales que se indican, y cuyo total asciende a cuatrocientos diez mil novecientos ochenta y siete euros con sesenta y tres céntimos de euro (410.987,63€) que figuran en el ANEXO II y que quedan en lista de espera para percibir la ayuda solicitada ante una posible ampliación de crédito disponible.
  3. Denegar la ayuda a la relación de 307 personas trabajadoras autónomas y empresas, de hasta 10 trabajadores que figura en el ANEXO III por el motivo que se indica.
  4. No admitir la relación de dos solicitudes , que constan como ANEXO IV, por presentación extemporánea.
  5. Aceptar las renuncias formuladas que figuran en el ANEXO V

En los siguientes enlaces podrás acceder a toda la documentación relacionada con este proceso.

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