Ayudas a pymes para el ejercicio 2023

Resolución de 28 de diciembre de 2022 de la directora general de Comercio, Artesanía y Consumo, por la que se efectúa la convocatoria anticipada para el ejercicio 2023 de las ayudas en materia de comercio, consumo y artesanía (DOGV nº 9504, de 03/01/2023)

AYUDAS AVALEM ARTESANÍA

Objeto

El objeto de estas ayudas es incrementar la competitividad, la innovación y la calidad en las pymes artesanas y sus productos.

Las ayudas irán destinadas a financiar la profesionalización del sector y los gastos a realizar en la promoción y comercialización de los productos realizados por las pymes artesanas con domicilio social en la Comunitat Valenciana.

Beneficiarios

Las personas físicas y las sociedades mercantiles y asimiladas calificadas como pymes o micropymes, que estén en posesión del documento de calificación artesana (DCA) debidamente actualizado y expedido por la Generalitat o documento equivalente emitido por una Administración Pública que acredite su condición de artesana.

Quedan excluidas las que realicen actividad de reparación o mantenimiento así como, las

sociedades civiles, comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica propia.

Acciones apoyables

  • Participación como expositora en certámenes feriales, incluidos los realizados fuera de la Comunitat Valenciana, de carácter predominantemente artesano (gastos de alquiler de espacio y stand, montaje, desmontaje, decoración y rotulación del mismo).
  • Gastos derivados de la protección del producto, diseño o marca así como los de incorporación de diseño en la definición y ejecución del producto.
  • Confección y edición de catálogos de producto, en cualquier soporte, incluido el coste del alojamiento en la web, en su caso.
  • Acciones de promoción de producto, a través de cualquier medio promocional.
  • Asistencia a cursos especializados de formación en diseño, calidad y especialización en su oficio, (únicamente gastos de matrícula y otros conceptos generados por la entidad organizadora)

Cuantía

Hasta el 50% con el límite de 5.000,00 euros. En el caso, de participación un certamen fuera del territorio español este límite será de 7500 euros.

Plazo de presentación: Desde el 11 de enero de 2023 hasta el 3 de febrero de 2023.

Más información y solicitudes

Ayudas AVALEM MERCATS (mercados de venta no sedentaria)

Objeto

Incrementar la competitividad, la innovación y la calidad en las pymes.

Beneficiarios

Personas físicas y las sociedades mercantiles y asimiladas calificadas como pymes o micropymes, incluyendo las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sociedades civiles, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica propia.

Y que ejerzan la actividad comercial en la Comunitat Valenciana en el grupo 478 del CNAE o en el grupo 663 del IAE.

Acciones apoyables

Se considerarán susceptibles de recibir apoyo, para la venta en mercados de venta no sedentaria si disponen de autorización municipal para ello, las inversiones en la adaptación de vehículos de transporte como tienda, o en la instalación de equipo de frío para el transporte y la venta de productos de alimentación, cumpliendo en este caso con la normativa vigente en materia medioambiental.

En ningún caso serán apoyables las actividades de reparación y mantenimiento.

Cuantía

La inversión aprobada no podrá ser inferior a 1.000 euros y la ayuda será de hasta el 50% con el límite de 5.000 euros por beneficiaria en un plazo de 5 años.

Plazo de presentación: Desde el 11 de enero de 2023 hasta el 3 de febrero de 2023.

Más información y solicitudes

Ayudas EMPRENEM COMERÇ

Objeto

El objeto de estas ayudas es incrementar la competitividad, la innovación y la calidad en las pymes comerciales.

Las ayudas deberán ir destinadas a financiar los gastos corrientes derivados:

  • del mantenimiento de un establecimiento comercial con nueva titularidad
  • o de la implantación de una actividad comercial en un local en el que, con anterioridad, se haya desarrollado actividad económica.

El establecimiento deberá estar ubicado en la Comunitat Valenciana y, en su caso, abrirse al público entre el 1 de febrero y el 30 de septiembre del ejercicio en que se convoque la ayuda.

Beneficiarios

Personas físicas y las sociedades mercantiles y asimiladas calificadas como pyme o micropymes, incluyendo las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sociedades civiles, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica propia.

Y que ejerzan o vayan a ejercer una de las siguientes actividades comerciales:

  • CNAE: Sección G, División 47, excepto los grupos y clases 4726, 473, 4773, 478 y 479.
  • IAE: Sección Primera, División 6, Agrupación 64 (excepto el grupo 646 y epígrafe 647.5) y Agrupación 65 (excepto epígrafe 652.1 y los grupos 654 y 655)

En ningún caso serán apoyables las actividades de reparación y mantenimiento.

Acciones apoyables

Gastos corrientes derivados del mantenimiento de un establecimiento comercial con nueva titularidad o de la implantación de una actividad comercial en un local en el que, con anterioridad, se haya desarrollado actividad económica (desde el 01/01/23 hasta el 30/09/23).

Se considerarán subvencionables los gastos en:

  • Estudios de viabilidad y factibilidad comercial, distribución, iluminación, ahorro energético y diseño del establecimiento.
  • Gastos de gestoría, notaría y registros necesarios para la constitución de la empresa o para el inicio de la actividad en el establecimiento comercial y además, en su caso, online.
  • Gastos de alquiler de local devengados hasta el 30/09/23.

Cuantía

Hasta el 50% con el límite de 10.000 euros, sin que en concepto de alquiler se superen los 5.000 euros de subvención.

Plazo de presentación: Desde el 11 de enero de 2023 hasta el 3 de febrero de 2023.

Más información y solicitudes

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