Resolución provisional de las ayudas económicas al sector de la hostelería y el comercio de Alicante

A partir de mañana , 25 de noviembre, se pueden presentar las alegaciones a la propuesta de resolución provisional emitida por la comisión para la valoración de los resultados de las solicitudes presentadas a la convocatoria de Ayudas económicas a personas trabajadoras autónomas y pequeñas empresas, de hasta 15 trabajadores, del sector de la hostelería y el comercio de la ciudad de Alicante.

Del 5 al 13 de noviembre ha estado abierto el plazo de presentación de solicitudes. Durante estas fechas se han recibido total de 731 con el siguiente resultado:

  • 350 solicitudes admitidas propuestas para aprobación
  • 6 ayudas aprobadas con minoración
  • 375 solicitudes denegadas 
  • 1 solicitud denegada por extemporánea

En cumplimiento de lo previsto en la base 4ª que regula la instrucción del procedimiento, la concejala de Empleo y Desarrollo Local, Mª Carmen de España, ha emitido la siguiente propuesta de resolución provisional:

  • Conceder la ayuda solicitada a la relación de personas trabajadoras autónomas y pequeñas empresas que figura en el ANEXO I, por los importes individuales que se indican (en caso de error con el número de expediente, consultar mediante DNI/NIE/CIF).
  • Denegar la ayuda a la relación de solicitantes que figura en el ANEXO II, por el motivo que se indica.
  • Inadmitir la solicitud formulada por la persona trabajadoras autónomas y pequeñas empresas que figuran en la relación del ANEXO III, por extemporánea.

Anexo I
Anexo II
Anexo III

Presentación de alegaciones

En caso de disconformidad con la presente propuesta de resolución, del 25 de noviembre al 1 de diciembre está abierto el plazo para presentar las alegaciones y aportar la documentación que se considere oportuna.

Para ello se ha habilitado un procedimiento específico en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Alicante al que puede acceder a través del siguiente enlace: Alegaciones resolución provisional Ayudas autónomos y pequeñas empresas del sector de hostelería y comercio de Alicante (operativo hasta el 1 de diciembre)

En el Anexo II, donde figura la relación de ayudas denegadas, se identifica el motivo de la denegación. El propio interesado, si lo desea, podrá revisar la documentación que presentó en su momento (existe la posibilidad de consultar en la carpeta ciudadana) e identificar, con las bases reguladoras de la subvención, que documentación subsanar.

Como ayuda, en los supuestos de haber sido denegada en el anexo se especifica cuál es el documento; la persona interesada deberá comprobar las bases y presentar aquella documentación que esté incorrecta o que no haya incluido en la instancia de solicitud.

Para más detalles respecto al procedimiento de alegaciones haz click aquí: ¿Qué hacer si me han denegado la ayuda?

Desde este enlace puede acceder a la información de las ayudas y a las bases: Ayudas a autónomos y pequeñas empresas sector de hostelería y comercio

Para poder presentar las alegaciones deberá cumplimentar los datos de identificación del interesado así como el Registro de Entrada de la solicitud de la ayuda, que encontrará en la parte superior derecha del documento generado cuando se registró la solicitud.

También deberá exponer los motivos que alega, la documentación que adjunta y, posteriormente, anexar en pdf dichos documentos (de forma individualizada si se trata de varios documentos)

Si lo que desea es consultar la documentación que ya ha presentado, puede acceder a su Carpeta Ciudadana de la Sede Electrónica (requiere firma electrónica). Una vez dentro de la Carpeta Ciudadana, acceda a “Consulta de expedientes y registro general de entrada y salida” donde podrá visualizar toda la documentación aportada al expediente. A esta carpeta puede acceder tanto el interesado como el representante, en el caso de que un tercero haya presentado la solicitud.

Para cualquier duda o consulta puede ponerse en contacto con la Agencia en el correo electrónico: ayudashosteleriaycomercio@alicante.es

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