Tarifa plana para la contratación de nuevos trabajadores

El Real Decreto-Ley 3/2014, de 28 de febrero establece una tarifa plana para la cotización empresarial por contingencias comunes como medida para fomentar el empleo estable y la contratación indefinida.  Su entrada en vigor se ha producido el 2/03/2014 si bien es aplicable a las contrataciones efectuadas desde el 25 de febrero de 2014.

Esta tarifa se aplicará durante los 24 meses siguientes a la fecha de inicio del contrato y su cuantía es la siguiente:

  • Cto. Indefinido a tiempo completo: 100 €/mes
  • Cto. Indefinido a tiempo parcial con jornada mayor o igual al 75%: 75 €/mes
  • Cto. Indefinido a tiempo parcial con jornada mayor o igual al 50%: 50 €/mes

 

Las empresas que tengan menos de 10 trabajadores en el momento de concertar el contrato pueden beneficiarse de una reducción adicional, durante los 12 meses siguientes a la finalización de la aplicación de la tarifa plana, del 50% de la cuota empresarial por contingencias comunes.

En Sánchez Butrón Abogados han elaborado un excelente resumen donde encontrar información sobre en qué consiste la medida, qué requisitos deben cumplir las empresas, cómo se computa el nivel de empleo, qué supuestos están excluidos y qué ocurre en caso de incumplimiento de los requisitos.

Medidas urgentes para el fomento del empleo y la contratación indefinida 

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